Introducción
Este librito cubre algunas áreas de la ley para una persona
que está a punto de vivir independientemente, tal vez alguien
como usted muchas veces quisiera y debería saber.
Por ejemplo, alguna vez se ha preguntado ¿Qué debo hacer
si tengo un accidente automovilístico? O ¿Cuáles son
mis responsabilidades y derechos como inquilino? O ¿Cuáles
son mis derechos si acaso me arrestan? O ¿Qué debo saber
antes de comprar un automóvil? O ¿Cuáles son mis obligaciones
legales si me llegara a casar? Vida Independiente le dá
algunas respuestas. Nosotros sabemos que no podemos
responder a todas las preguntas que usted tenga, pero esperamos
poder darle respuestas a las más importantes. Si después
de leer Vida Independiente usted piensa que hay otros temas
que se deben cubrir, o tal vez otros temas que deben ser
más enfatizados, por favor déjenoslo saber. Nos gustaría
saber su opinión.
Puesto que las leyes pueden y de hecho cambian,
éste librito tiene la intención de dar solamente información
general. No tiene el propósito de proveer sugerencias
legales. Lo que sí hace, es darle una idea de las
leyes tal y como existían en Octubre de 1996. El abogado
de su elección es la persona indicada para darle.
sugerencias legales, ya que él (ella) tomará
en consideración todos los factores relevantes de su situación
particular.
Los derechos que se explican en éste librito
son tus derechos legales. Pero el sólo hecho de saber
tus derechos no es todo, el usar tus derechos con sentido
común te ayudará a tener una vida mejor. También hay
muchas sugerencias prácticas en libros y revistas que cuando
combinados con conocimientos de tus derechos te llevarán
muy lejos. Nosotros sabemos que no podemos cubrirlo
todo, pero esperamos darle un comienzo sólido.
Siéntese y lea. Esperamos que usted
disfrute Vida Independiente y que lo encuentre útil.
Reconocimientos
La Asociación de Abogados de Kansas agradece a la Asociación
de Abogados de Maine por dejarnos adaptar su librito y a
la Sección de Abogados Jóvenes de la Asociación de Abogados
de Topeka, quienes lo adaptaron a la Ley en Kansas en 1987
y 1989 (especialmente a Ruth Graham y a Richard Ralls),
a Lyn Goering y al Juez Joseph Pierron quienes revisaron
la edición de 1991, a Ilene M. Martello quien revisó la
edición de 1993 y a Terry Holdren quien revisó ésta edición.
La cubierta fué ilustrada por Pat Marrin,
quien fué el caricaturista editorial del Topeka Capital-Journal,
y desde 1991 presidente del departamento de periodismo de
la Universidad Benedictina en Atchinson, además de ser un
caricaturista profesional.
También queremos agradecer especialmente
al Comité Consejero de Asuntos Hispanos de Kansas [Kansas
Advisory Committee on Hispanic Affairs, (KACHA)] por haber
traducido éste librito del Inglés al Español.
Bebiendo
Como probablemente usted ya sabe, usted debe tener 21 años
o más para poder comprar cerveza o cualquier otra bebida
alcohólica. Así mismo, usted debe, tener 21 años de
edad para consumir cerveza o cualquier otra bebida alcohólica.
Usted debe saber las severas consecuencias de beber y comprar
ilegalmente bebidas alcohólicas en el estado de Kansas.
Si usted consume, posee, obtiene,
o trata de obtener o comprar bebidas alcohólicas antes de
tener 21 años, Ud. estará sujeto a una multa de hasta $500
(quinientos dólares). Además, la corte puede ordenarle
a ejecutar 40 horas de servicio público o completar un programa
donde Ud. aprenda sobre los efectos del abuso del alcohol
y otras
substancias. La corte también
tiene la opción de ordenarle a que pase una evaluación de
uso de drogas y alcohol por la cual Ud. tendrá que pagar.
Es un delito el que una persona menor de
21 años use una licencia o cualquier otro tipo de identificación
fraudulenta o ficticia para comprar alcohol. Si Ud.
usa una licencia falsa u otra identificación para obtener
bebidas alcoholicas, esta sujeto a recibir una sentencia
de hasta seis meses en prisión, o una multa de $1,000 (mil
dólares) o ambos. Además, la corte puede ordenarle
a que complete un programa que lo eduque sobre los peligros
en el uso de alcohol y drogas.
Si Ud. toma bebidas alcohólicas y es menor
de 21 años de edad, está poniendo a riezgo a esas personas
que le ayudan así tambien como a si mismo. Cualquier
persona que le proporcione bebidas alcohólicas a un menor
de edad, estará sujeto a una sentencia de cárcel de hasta
seis meses o una multa de $1,000 (mil dólares) o ambas multas.
Cualquier persona que le presta su licencia de manejar a
un menor de edad para que compre bebidas alcohólicas, estará
sujeto a una sentencia de cárcel de hasta un año, una multa
de $2,500 (dos mil quinientos dólares) o ambos. Las
personas menores de edad que compran bebidas alcohólicas
de tiendas autorizadas para vender alcohol, también ponen
en peligro al dueño de ese negocio. Cualquier tienda
autorizada que vende bebidas alcohólicas a una persona menor
de edad, puede perder su licencia para vender alcohol y
podría también encarar cargos criminales.
Manejando Tomado
Si a usted lo arrestan por manejar bajo la influencia del
alcohol, sus derechos son un poco diferentes a aquéllos
a los que usted tiene cuando le arrestan por otros cargos.
El oficial de policía probablemente le pedirá
que se haga una prueba de sangre, de aliento o de orina
para determinar los niveles de alcohol en su sangre.
Usted tiene el derecho a rehusarse a tomar ésta prueba,
pero si lo hace, Ud. perderá sus privilegios de manejar
por lo menos un año. Aún si Ud. se rehusa a tomar
éstas pruebas, el oficial de policía puede obtener una órden
de la corte que le obligue a hacerse la prueba de sangre,
si hay una causa probable que usted ha estado manejando
bajo la influencia del alcohol.
Bajo éstas circumstancias, Ud. no tiene
el derecho de hablar con un abogado antes de decidirse a
hacer la prueba que el oficial de policía le pidió.
Después de hacerse la prueba, usted tiene el derecho de
llamar y comunicarse con su abogado.
Ud. siempre tiene el derecho de permanecer
callado en todo momento. Ud. no tiene que constestar
ninguna pregunta. Ud. no tiene que hacer las "pruebas
de sobriedad en el camino" tales como decir el abecedario
o caminar en "punta-talón", etc.
Si Ud. se hace la prueba que el oficial
de policía le pide, usted tiene el derecho de saber los
resultados de dicha prueba. Usted también puede obtener
una prueba independientemente con un doctor de su preferencia,
si usted así lo desea, pero Ud. tiene que pagar por ese
examen.
En el estado de Kansas no se permite que
el Procurador llegue a un acuerdo cuando existen cargos
de DUI (Manejando Bajo la Influencia). La primera
convicción puede resultar en un tiempo mínimo mandatorio
en la cárcel de 48 horas ó 100 horas de servicio público,
además de una multa de hasta $500.00 (quinientos dólares).
Una segunda convicción requiere tiempo en la cárcel de hasta
90 días y una multa de hasta $1,000 (mil dólares).
Una tercera convicción requiere una sentencia de hasta un
año y una multa de hasta $2,500 (dos mil quinientos dólares).
Es también un crimen manejar un bote o lancha bajo la influencia
de alcohol (DUI).
También es ilegal llevar un recipiente abierto
de bebida alcohólica en el área de pasajeros de su vehículo.
Un recipiente abierto significa que el sello original está
roto o la tapa está abierta. Es legal llevar un recipiente
abierto en la cajuela de su vehículo cuando está cerrada.
Si usted viola la ley del recipiente abierto, usted estará
sujeto a la suspensión de su licencia de manejo de por lo
menos tres meses, además de una multa de hasta $200 (doscientos
dólares) o un tiempo en la cárcel de hasta seis meses, o
ambos.
Comprando un Vehículo
Comprando un vehículo nuevo
Si Ud. no tiene un carro, probablemente quiere uno.
Aunque seria agradable tener un carro nuevo, probablemente
los precios actuales no son lo que usted puede pagar.
Pero si usted tiene la suerte de tener el dinero en efectivo
o si acaso su billete de la loteria lo hizo un ganador,
considere las siguientes sugerencias antes de que usted
brinque al asiento del conductor.
Qué tipo de carro quiere usted? ¿Lo necesita?
¿Puede comprarlo?
Asegúrese de buscar información sobre sus elecciones de
modelos revisando revistas tales como los Reportes para
el Consumidor.
Busque en diferentes lugares
Compare precios entre dos o mas vendedores que vendan el
mismo tipo de vehículos. Recuerde que el precio que
Ud. vé en la ventana del carro es solamente el precio de
fábrica. Usted no tiene que pagar tanto. ¡Los
vendedores de carros esperan que usted les regatee!
Las revistas tales como los Reportes al Consumidor le pueden
decir aproximadamente cuanto pagan los vendedores por cada
marca y modelo de carros, y esto le enseñará a usted cuánto
puede regatear.
Compare las garantías. La mayoría
de los carros nuevos tienen al menos garantías de 12 meses
ó 12,000 millas, pero algunos tienen garantías por 3 años
ó 50,000 millas. Otros ofrecen mantenimiento gratis
por los primeros años. Algunos vendedores ofrecen
servicio o contratos de mantenimiento por un cargo adicional.
Antes de decidirse si usted desea comprar esa clase de protección,
asegúrese de preguntar qué clase de reparaciones están cubiertas
en el contrato. Estas diferencias son importantes
puesto que los costos de reparación y mantenimiento pueden
ser signi-ficantes con el paso del tiempo.
Considere opciones de financiamiento
A veces, los vendedores de carros ofrecen financiamiento
especial con intereses bajos, que podrían ser una forma
más barata de financiar su vehículo, que si Ud. lo hiciera
por medio de un banco o cooperativa de crédito. Compare
las tasas de interés antes de decidirse en dónde pedir su
préstamo. El costo de su financiamiento puede ser
de gran impacto a la hora de hacer los pagos de su vehículo.
Las pequeñas diferencias en las tazas de intereses pueden,
con el tiempo, significar mucho dinero.
Compre sólo las opciones que Usted quiere
Los vendedores de autos pueden ofrecerle instalar líneas
de adornos en los lados de su auto, radios y hasta techos
a prueba de óxido, pero ellos también deben decirle si el
auto está disponible sin todas esas cosas adicionales.
Generalmente, Ud. puede comprar esos mismos artículos en
una tienda donde venden partes para autos, por mucho menos
dinero del que el vendedor de carros le va a cobrar.
Cómo lidiar con problemas de un carro nuevo
Un mal funcionamiento en un carro nuevo puede ser uno de
los problemas más grandes con los que usted se puede encontrar.
Pero ¡No se preocupe! Porque la "Ley del Limón" para los
consumidores en Kansas puede significar la devolución de
su dinero o un carro nuevo, si su caso llena los siguientes
requisitos:
Usted notifica al vendedor o a la fábrica
sobre el problema en su carro.
Después de un tiempo razonable y después de varios intentos,
el vendedor no puede reparar el problema y éste problema
impide el uso del vehículo. Usted no abusó o descuidó su
vehículo o no ha hecho cambios no autorizados en el vehículo
que pudiesen haber causado el problema. Ud. ha tratado de
resolver su disputa por medio del procedimiento de resolución
de disputas de la fábrica (si es que hay una disponible).
Aún si su garantía escrita a expirado, Ud.
podría tener derechos bajo la ley de Garantía Implícita
de Kansas. Hable con el vendedor de autos y trate
de resolver el problema. Es posible que de ésta manera
Ud. lo resuelva rápidamente. Para más información
sobre qué hacer cuando Ud. compra un vehículo "limón" llame
a la División de Protección al Consumidor de la Oficina
del Abogado General de Kansas al: (785) 296-3751.
No sea abusado cuando compra un carro usado!
Un carro usado le puede ofrecer una gran oferta, pero también
podría ser ¡el peor dolor de cabeza del mundo! Ud.
verdaderamente no sabe que está comprando, por ejemplo:
¿Cómo y quién manejaba ese carro, ¿Cómo y quién le daba
mantenimiento? ¿Dónde guardaban el carro? Pero con
un poco de investigación --y si utiliza sus derechos
bajo la ley del estado de Kansas,
-- Ud. puede eliminar muchas de las dudas sobre el carro
usado que Ud. piensa comprar.
Existen tres puntos básicos que Ud. debe
de preguntarse cuando Ud. compra un carro usado: El
pasado de ese carro, la seguridad que ese carro le ofrece,
y el kilometraje del carro. Ud. debe obtener la siguiente
información sobre cualquier vehículo:
- La marca y el modelo, el año de fábrica
y el número de serie.
- El nombre y la dirección del dueño anterior
para contactarlo y verificar la información que el vendedor
le ha dado.
Con qué propósito fué usado el carro? ¿Fué
utilizado para uso personal? ¿Fué un carro de la policia?
¿Taxi? ¿Fué un carro de renta?
Cómo fué que el vendedor obtuvo el carro?
¿Lo cambió por uno nuevo? ¿Lo compró en una subasta? ¿Reposesión?
Pregunte por cualquier falla mecánica del
cual esté enterado el vendedor.
Pida una descripción de cualquier daño
que haya tenido el carro, por ejemplo,
si se quemó, o si acaso estuvo en una zona
que se inundó o cualquier daño causado por un accidente
del cual el vendedor esté enterado; y,
Si acaso el carro tiene una garantía o
si se vende "Como está".
Por último, Ud. tiene el derecho de saber el kilometraje
del carro aunque Ud. compra el carro de un vendedor de carros
o de una persona en particular. El número de kilómetros
que un carro ha sido manejado es una buena indicación de
su valor relativo y de su seguridad. Aunque existen
cargos civiles y criminales para aquellas personas que arreglan
el odómetro, Ud. debe de saber que se arriezga a comprar
un carro usado con número falsificados en el odómetro.
Para proteger sus derechos, verifique el kilometraje contactando
a los dueños anteriores del carro que usted quiere comprar.
Manteniendo un Vehículo
Cuando necesita hacer reparaciones
Si Ud. necesita hacer reparaciones, primero revise la garantía
o el acuerdo de servicio del vehículo para ver si están
cubiertas las reparaciones o cómo proceder. Si no,
asegúrese de preguntarle a un mecánico acerca de los cargos
por hora. Usted puede solicitar una estimación por
escrito y de antemano para saber cuanto le va a costar la
reparación y así poder comparar precios con otros talleres
mecánicos antes de tomar una decisión. Cuando Ud.
deje su vehículo para ser reparado, deje una nota con el
mecánico que diga cuánto es lo más que Ud. quiere pagar
por la reparación, y que Ud. debe de dar permiso antes de
que se hagan reparaciones más caras. Ud. debe decirles
que quiere revisar todas las partes que fueron reemplazadas
para asegurarse de que las partes reemplazadas son nuevas,
usadas o recondicio-nadas.
Accidentes
Si Ud. se ha visto envuelto en un accidente, aunque no sea
su culpa, usted debe parar inmediatamente cerca del lugar
dónde ocurrió como sea posible, sin que usted obstruya el
tráfico más de lo necesario. Si Ud. le pega a un automóvil
no ocupado o daña propiedad que está en el camino, Ud. debe
localizar y notificar al dueño u operador o dejar una nota
en un lugar visible con su nombre y dirección y el número
de registro del vehículo que Ud. está manejando. No
importa qué pequeño parezca el daño, Ud. debe notificarle
a la policía tan pronto como sea posible. Sin embargo,
en caso de que el daño de reparación parezca mayor de $500
(quinientos dólares), Ud. debe notificarle a la policía
inmediatamente.
Si alguien está lastimado, o si el otro
vehículo está ocupado, usted debe dar su nombre, dirección,
y el número de registro de su auto en cuanto se lo pidan,
su licencia de manejar, el nombre de la compañía de seguros
de su automóvil y su número de póliza. Usted también debe
ayudar, en lo que pueda, a cualquier persona que esté lastimada,
aún si ésto significa llevar a la persona al doctor o al
hospital o llamar a la ambulancia.
Usted debe obtener los nombres de personas
que vieron el accidente. No comente lo que pasó en
el accidente y no se heche la culpa a sí mismo, no le heche
la culpa a los demás, aún si Ud. piensa que Ud. sabe quién
tuvo la culpa. Responda a las preguntas que le haga
la policía y ayúdeles en lo que pueda y asegúrese de avisarle
a su compañía de seguros tan pronto como le sea posible.
Seguro
El estado de Kansas requiere que Ud. tenga seguro de responsabilidad
automovilística. La ley requiere que su seguro provea
cubertura por cada vehículo, de no menos de $25,000 (veinticinco
mil dólares) por daños físicos o por muerte de una persona
en un accidente. Un límite de no menos de $50,000
(cincuenta mil dólares) por daños físicos o muerte de dos
o más personas en un accidente. Un límite de no menos
de $10,000 (diez mil dólares) por daño o destrucción a propiedad
ajena en un accidente. La ley requiere que cualquier
persona que esté manejando un vehículo en una carretera
o en propiedad abierta para uso público, tenga evidencia
de seguro para mostrar en cuanto se lo pida un oficial de
la policía.
Límites de velocidad
Los límites de velocidad son aquellos que estan escritos
en las señales de tráfico. Si no hay límites de velocidad
marcados, la velocidad máxima es de 30 mph (millas por hora)
en distritos urbanos, 70 mph en carreteras separadas por
varias líneas de tráfico, 65 mph en otras carreteras y 55
mph en caminos poblados y caminos de condados. Aún
con las señales de velocidad, Ud. siempre debe obedecer
la siguiente regla: Usted puede manejar sólo tan rápido
como sea "razonable y prudente" bajo las condiciones
existentes. Durante lluvias fuertes, nevadas, o neblina,
la policía le puede parar y multarlo(a) por manejar imprudentemente
aún cuando esté manejando bajo el límite de velocidad.
La ley también provee una zona de disminución
de velocidad de 10mph en zonas de 70 mph y 5mph en zonas
de 65 mph. Si la policía le da una citación en una
zona de disminución de velocidad, ésta no se considera como
violación "en movimiento" y no se
usa con propósitos de suspensión de sus privilegios de manejo.
Además, la citación no es parte de los archivos públicos
y no es considerada por las compañías de seguros para determinar
los precios de su póliza.
Cinturones de seguridad
La ley en Kansas requiere que las personas que viajan en
el asiento delantero de un vehículo tengan los cinturones
de seguridad abrochados en todo momento que el vehículo
esté en movimiento. Hay excepciones para aquellos
con problemas médicos, carteros y personas que reparten
el periódico. Los niños entre 4 y 13 años de edad
deben usar un cinturón de seguridad aún cuando estén sentados
en el asiento trasero de su vehículo, y todos los niños
menores de 4 años de edad deben viajar en un asiento infantil
aprobado.
uscando Trabajo
No hay duda que, encontrar un trabajo que a Usted le guste
y aún buscando un trabajo, puede ser difícil. Pero
no es una situación sin salida, y con suficiente persistencia
usted puede encontrar un trabajo, contando con que usted
no espera hacer un "montón de dinero" así de entrada.
Aunque hay muchos lugares a dónde usted
puede ir para buscar trabajo. Tal vez el lugar más
importante que Ud. debe saber en cuanto a derechos legales
se refiere, es una agencia de empleo. Estas compañías
tratarán de encontrarle trabajo por una tarifa.
La ley en Kansas requiere que éstas agencias
tengan una licencia del Departamento de Recursos Humanos
y les prohibe que cobren más de $2 (dos dólares) por la
tarifa de registro. Si la agencia no le encuentra
trabajo en 3 días, Ud. tiene el derecho de exigir un reembolso.
No importa de qué manera Ud. encuentra un
trabajo, recuerde que las leyes federales y estatales hacen
ilegal que la mayoría de los empleadores se rehusen a contratarle
en base al color de su piel, sexo, incapacidad física o
mental, religión, orígen de nacionalidad o edad, o una vez
que Ud. obtiene el trabajo, a tratarle diferente cuando
se trate de promociones, transferencias, pagos o condiciones
de trabajo por cualquiera de las razones antes mencionadas.
De hecho, generalmente se le prohibe al empleador preguntarle
sobre éstos temas, aunque hay preguntas que pueden ser permitidas,
tales como incapacidades físicas o mentales que Ud. tenga,
ya que el trabajo las demanda. La ley estatal prohibe
a las agencias de empleos discriminar contra Ud. por cualquier
razón antes mencionadas. Si Ud. siente que le han
negado empleo por cualquiera de éstas razones, póngase en
contacto con la Comisión de Derechos Humanos, 900 S.W. Jackson
Suite 851-S, Topeka, KS 66612-1258, ó al teléfono (785)
296-3206. En Wichita la dirección es: 130 S. Market,
Wichita, KS 67202-3802, teléfono (316) 681-2911. Algunas
ciudades más grandes tienen oficinas locales de comisiones
de derechos humanos. No le pueden negar trabajo si
Ud. llenó una queja con la comisión.
Matrimonio
Si usted tiene planeado casarse pronto, Ud. probablemente
ya pensó en las muchas maneras que esto afectará su vida.
Lo que Ud. probablemente no sabe, son algunos de los "cercos"
legales que Ud. debe "brincar" para poder casarse, así como
las consecuencias legales de estar casado.
Por ejemplo, un certificado de matrimonio,
es un contrato legal entre usted, su esposo(a) y el Estado
de Kansas. El estado está involucrado gracias a su
fuerte deseo de preservar la función del matrimonio y la
familia como la base de nuestra sociedad. Y, ya que
el estado está envuelto, Ud. debe obtener "permiso" del
estado si Ud. desea obtener un divorcio.
Mientras usted camina al altar
Antes de que Ud. pueda casarse, uno de los novios debe ir
a la corte del distrito y aplicar en persona y firmar bajo
juramento una Aplicación y Declaración para Obtener una
Licencia de Matrimonio. Habrá una espera de tres días
antes de que el secretario o el juez le entregue la licencia.
No se requieren pruebas de sangre, pero hay un cargo de
$40 (cuarenta dólares) por la licencia.
Su edad también es un factor que Ud. debe
tomar en cuenta. Si la novia o el novio son mayores
de 18 años, no necesitan el consentimiento de otra persona.
Pero si uno de ustedes dos es menor de 18 años, es necesario
obtener un consentimiento judicial cuando el consentimiento
es dado por los padres o/y guardianes legales.
El estado de Kansas no reconoce como válido
ningún matrimonio de otro estado a menos que sea entre un
hombre y una mujer. Los matrimonios entre personas
del mismo sexo están en contra las políticas públicas del
estado y son nulos.
Usted puede ser casado por un miembro del
clérigo de cualquier religión o por cualquier juez de la
corte. El secretario de la corte también puede casarlos.
Ustedes también pueden casarse legalmente sin un oficial
autorizado, simplemente hagan las declaraciones el uno al
otro como esposo y esposa, de acuerdo a la religión a la
cual ustedes pertenezcan. Además, ustedes puede tener
una unión libre, simplemente al referirse el uno al otro
como esposo y esposa, y actuando como una pareja casada
frente a otras personas tales como su arrendatario.
Pero tengan cuidado, porque ésta clase de matrimonio es
tan legal como cualquier matrimonio ejecutado por una persona
autorizada. No existe el divorcio en la unión libre.
Para terminar cualquier matrimonio, Ud. debe ir a la corte.
No importa dónde o cómo se casó usted.
Recuerde: El matrimonio es un contrato que impone
ciertas obligaciones. Por ejemplo:
La ley en Kansas dice que es un crimen cuando un individuo
falla al no proveer mantenimiento a su esposo(a).
Como padres, ustedes deben mantener a sus
hijos hasta que cumplan 18 años ó hasta que
terminen la preparatoria a la edad de 19 años. Si
Ud. no hace esto, la corte podría ordenarle a que haga pagos
de mantenimiento. Si Ud. no obedece dicha ley, esto
será desobediencia civil y sus hijos podrían ser removidos
de su custodia.
Arreglos prematrimoniales
La ley en Kansas permite que Ud. y la persona con la que
Ud. se va a casar hagan un acuerdo legal el uno con el otro
antes de casarse. En éste contrato, usted y su futura(o)
esposa(o) pueden determinar qué derechos tiene cada uno
de ustedes el vender, comprar, o usar propiedades.
Ustedes también pueden acordar a los términos de mantenimiento,
beneficios de muerte y hacer sus testamentos. Pero
ustedes no pueden tener acuerdos en términos de mantenimiento
de los niños que sean adversos a los derechos de sus hijos.
Estos acuerdos deben estar escritos y firmados por Ud. y
su futura(o) esposa(o) y no tienen efecto hasta que ustedes
se casen. Ustedes deben consultar con un abogado si
Ud. y su futura(o) esposa(o) quieren tener un acuerdo prematrimonial.
Después de su matrimonio hay varias nuevas
preguntas que Ud. tendrá que enca-rar con respecto a su
nueva vida como esposo y esposa.
El nombre de la esposa
La ley de Kansas no requiere que una mujer casada use el
apellido de su esposo o vice versa. Si Ud. desea tomar
el apellido de su esposo, Ud. tendrá que notificar su cambio
de apellido a varias entidades, como por ejemplo, a la Oficina
de Seguro Social y cualquier otro lugar donde Ud. tiene
cuentas corrientes y tarjetas de crédito. Usted también
debe de cambiar su licencia de manejar.
Cuentas bancarias
Como una pareja casada ustedes pueden cambiar sus cuentas
de banco a "cuentas compartidas,"— o sea cuentas con ambos
nombres. Las cuentas compartidas proveen un "derecho
de sobreviviente", el cual significa que si alguno de ustedes
fallece, el esposo(a) que sobrevive automáticamente es dueño
de todo lo que hay en la cuenta. Las cuentas compartidas
tienen la facilidad de que ustedes dos tienen acceso al
dinero depositado, el cual es importante en casos de enfermedad
o emergencias. Sin embargo, cualquiera de las dos
personas puede sacar todo el dinero en cualquier momento.
Propiedad
Cada uno de ustedes es dueño de lo que trae al matrimonio.
Así como aquello que ustedes adquieren durante el matrimonio,
el cual está sujeto a ciertos derechos de esposo(a) residente
en bienes inmuebles como casas y tierras. Pero, cuando
se presenta una demanda de divorcio, todas las cosas que
le pertenecen a cada uno de ustedes se convierten en "propiedad
marital," y la corte tiene el poder de dividir todo ésto
entre ustedes dos.
Violencia Doméstica
Una persona que es víctima de violencia física en su hogar
puede obtener ayuda. La víctima de violencia doméstica
debe buscar consejo de un abogado, del personal del refugio
para mujeres abusadas o puede llamar al programa local de
violencia doméstica o al Teléfono Nacional de Violencia
Doméstica al 1-800-333-7233 para que le den información
sobre el programa local en su comunidad.
Si los niños de una casa están siendo abusados,
Ud. puede llamar al Teléfono de Abuso Infantil de Kansas
al 1-800-922-5330. La corte tiene diferentes formas
para ofrecer protección para los niños y para la persona
que reporta el abuso.
Se le puede ordenar a la persona abusadora
a que reciba terapia, o cargos criminales pueden presentarse
en su contra. Le pueden ordenar a la persona abusadora
que se salga del hogar, prohibir que tenga contacto con
la persona que abusa y con los niños que viven en la casa,
y se le puede requerir a él o ella, que pague los costos
de vida de las víctimas o pagos de mantenimiento, si la
persona abusadora es el padre (madre) o esposo(a).
Recuerde, nadie tiene el derecho de lastimar
a otra persona, ni siquiera los esposos, las esposas o padres.
Los estudios han demostrado que las personas abusadoras
han sido, muchas veces, víctimas de abuso infantil.
Muchas veces es necesario obtener ayuda para romper el ciclo
de abuso.
Divorcio
Existen tres formas legales para obtener un divorcio en
Kansas: incompatibilidad (sin culpa); falta de ejecutar
un deber material en el matrimonio; o una enfermedad mental.
Para obtener un divorcio en base a una enfermedad mental,
el/la esposo(a) deberá estar encerrado en una institución
mental por un total de dos años, o primero, la corte debe
encontrar que la persona institucionalizado(a) tiene una
enfermedad mental o está mentalmente incapacitado(a).
El esposo(a) que está buscando el divorcio debe poner la
demanda de divorcio en la corte del distrito localizada
en el condado donde ellos viven o donde se les puede entregar
legalmente la petición de divorcio a la otra persona.
Para poder poner una demanda de divorcio, la pareja debe
de haber vivido en Kansas 60 días antes de haber puesto
la demanda. Antes que se conceda el divorcio, la corte
puede ordenar que el/la esposo(a) pague mantenimiento para
cualquiera de los hijos, pagos de mantenimiento a la esposa(o),
y los costos legales del divorcio.
Mantenimiento para el/la esposo(a)
Si la corte ordena al esposo(a) a pagar mantenimiento a
la otra persona, generalmente podrían ser pagos mensuales,
una suma específica o una combinación de las dos.
Una orden de mantenimiento de la corte no puede exceder
más de 121 meses, o un poco más de 10 años. Sin embargo,
los divorciados pueden hacer un acuerdo que envuelva el
pago de mantenimiento por un período más largo. Sin
embargo, la corte no puede modificar pagos de mantenimiento
que estan atrazados.
La corte tambien dividirá la
propiedad marital en una forma razonable y justa entre la
pareja, sin importar la forma o la manera que se adquirió
dicha propiedad. La corte considerará la edad de cada
persona, cuánto duró el
matrimonio, el tipo de propiedad,
las habilidades de adquisición de cada una de las partes,
cómo y cuándo se adquirió dicha propiedad, vínculo y obligación
familiar, si es posible obtener pagos de mantenimiento y
otros factores pertinentes.
Custodia y Mantenimiento Infantil
La corte decidirá qué padre obtiene la custodia de los hijos
y qué clase de derechos tiene el otro padre. La consideración
mas importante de la corte en determinar la custodia es
el mejor interés para el/los menor(es).
La órden de custodia también incluirá la
cantidad del mantenimiento infantil que debe ser pagada,
y cualquier gasto adicional que es responsabilidad del padre
"sin custodia". La corte determina la cantidad que
se debe pagar en el mantenimiento infantil, basándose en
guías como el número de niños en la familia, sus edades
y los sueldos combinados de ambos padres. El hecho
de que uno de los esposos no es responsable no se toma en
cuenta cuando se ordena pagar el mantenimiento infantil.
El mantenimiento infantil para los hijos, es la responsabilidad
de ambos padres, pero la corte asume que el padre que tiene
la custodia pagará muchos de los gastos de criar y cuidar
a los hijos. Es por eso que casi siempre se requiere
que el padre que no tiene la custodia pague el mantenimiento
de los hijos. El derecho legal de mantenimiento infantil
le pertenece a los hijos, no al padre que tiene la custodia.
En caso que las circunstancias familiares cambien significativamente,
una orden de pago de mantenimiento infantil siempre estará
sujeta a cambios y modificaciones por parte de la corte.
Anulación
Cuando se anula un matrimonio, en los ojos de la ley, dicho
matrimonio nunca se llevó a cabo. La ley en Kansas
requiere que la corte anule un matrimonio si éste fue llevado
a cabo fraudulentamente. La corte también puede, pero
no tiene, que anular un matrimonio si fué llevado a cabo
por error, falta de conocimiento o por un hecho material
que la corte cree que pueda justificar el anulamiento.
Anticonceptivos y Abortos
Usted puede obtener información sobre anticonceptivos en
centros de planificación familiar ya sean públicos o privados
por todo el estado. Usted puede encontrar los teléfonos
de éstos lugares en la sección amarilla de su guía telefónica
bajo el título "Información y Servicios Anticonceptivos".
Usted puede tener un aborto legal en el
estado de Kansas siempre y cuando sea hecho por un doctor
con licencia. Los abortos durante el primer y segundo
trimestre de embarazo se pueden hacer pero están basados
en la decisión tanto del doctor como de la paciente.
Antes de que se haga un aborto a una menor
de edad (menor de 18 años), se le debe avisar a uno de los
padres o a sus guardianes legales. No se requerirá
permiso de los padres bajo las siguientes circunstancias:
La menor declara que el embarazo es el resultado
de un incesto.
El doctor que la atiende cree que existe una emergencia
que puede poner en peligro la salud, seguridad o bienestar
de la menor; o
Un padre o guardian presenta voluntariamente una renuncia,
firmada y notarizada de sus derechos, la cual se adjunta
al archivo médico de la menor.
También esta disponible un procedimiento
judicial que sobrepasa por alto la decisión de los padres
si la menor no quiere avisales de la situación. La
menor puede pedir que la corte del distrito sobrepase por
alto avisar a los padres. El secretario de la corte
de distrito de su localidad le puede explicar más sobre
éste proce-dimiento.
Apartamentos y Casas
Probablemente lo primero que Ud. necesita saber cuando va
a rentar una casa o un apartamento es el lenguage apropiado.
El dueño del lugar es el "arrendador" y usted
es el "arrendatario." El documento que el
arrendador le va a pedir que Ud. firme se llama "acuerdo
de renta."
Es ilegal ser discriminado
La siguiente cosa que Ud. debe saber es que bajo las leyes
federales es un acto ilegal que los arrendadores se nieguen
a mostrar o rentar propiedades por su sexo, raza, religión,
incapacidad mental o física o nacionalidad
étnica. Bajo la ley de
Kansas es ilegal que un arrendatario se niegue a rentarle
una casa porque sus hijos viven con usted.
Hogares seguros y decentes
El Acta Residencial de los Arrendatarios y Arrendadores
de Kansas garantizan que la vivienda esté en condiciones
aptas para vivir. La ley requiere que el arrendatario
cumpla con los códigos de edificación y vivienda que afectan
materialmente la salud y la seguridad del arrendatario.
El arrendador debe también mantener en buenas condiciones
todos los sistemas eléctricos, plomería, calefacción, ventilación
y aire acondicionado, y proveer botes de basura apropiados.
Aunque el acuerdo de renta puede pedir que Ud. pague la
luz, agua, gas, etc., el arrendador debe asegurarse que
la casa o apartamento tenga agua corriente, cantidades razonables
de agua caliente y calefacción. Si su arrendador interrumpe
a propósito cualquiera de éstos servicios esenciales, Ud.
tiene el derecho de romper el contrato de arrendamiento
y recuperar hasta un mes y medio de renta y/o los daños
en los que Ud. pueda incurrir. El arrendador debe
mantener cuidadas las areas que Ud. comparte con sus vecinos,
tales como los pasillos o las escaleras. Algunas ciudades
tienen ordenanzas que requieren que todos los apartmentos
de renta estén equipados con detectores de humo.
Si el arrendador no cumple con el acuerdo
de arrendamiento o no cumple con los requisitos de la ley
estatal que afectan su salud o su seguridad, Ud. puede quejarse
con su arrendador por medio de una forma escrita, en dónde
le dice que tiene la intención de terminar el contrato de
arrendamiento en la fecha que generalmente paga la renta,
y ésto debe ser por lo menos 30 días después que el arrendador
haya recibido el aviso. Si el arrendador responde
a ésta queja haciendo un esfuerzo en buena fé y trata de
corregir el problema en 14 días despues de haber recibido
el aviso, la renta se mantendrá en efecto. Pero si
problemas similares ocurren nuevamente después de un período
de 14 días, usted puede terminar el contrato si le escribe
otra vez al arrendador con 30 días de anticipación, aún
si el problema se corrige una segunda vez.
Además, Ud. tiene el derecho a demandar
al arrendador por no cumplir con el contrato de arrendamiento
o la ley. Si Ud. gana el caso, la corte puede ordenarle
al arrendador a que arregle el problema, o que le dé algún
tipo de compensación monetaria. La ley en Kansas no
le permite reparar el problema y deducir los costos de reparación
del pago de la renta.
Depósitos de seguridad
El depósito de seguridad es dinero suyo que el arrendador
mantiene mientras usted es arrendatario. Bajo la ley
de Kansas, el depósito de seguridad para un apartamento
sin muebles no puede exceder un mes de renta. Para
un apartamento amueblado con muebles que le pertenecen al
arrendador, el depósito de seguridad no puede exceder un
mes y medio de renta. Si el contrato de arrendamiento
le permite tener mascotas, el arrendador podría requerir
otro depósito de hasta medio mes de renta.
El depósito puede ser utilizado por el arrendador
para pagar la renta que Ud. le debe cuándo usted deja el
lugar, o para arreglar daños que usted haya causado ademas
de aquéllos daños causados por uso normal. Si su arrendador
se queda con su depósito, usted debe recibir una notificación
escrita, diciéndole detalladamente en qué se utilizará el
dinero. En el caso de que el arrendador se queda con
su depósito de seguridad por daños o gastos, él le debe
regresar el balance restante en los 14 días después de determinar
la cantidad de tales daños y gastos. Sin embargo,
el arrendador debe regresar el depósito que no utilizó (1)
durante los siguientes 30 días después que se ha terminado
el contrato de arrendamiento; ó (2) después de que usted
se ha mudado; ó (3) después que usted a puesto una demanda
al arrendador por el depósito. Si el arrendador se
niega a devolverle cualquier porción del deposito de seguridad
al que usted tiene derecho, usted puede recuperar lo que
se le debe, más una cantidad igual a un mes y medio de la
cantidad que le detuvieron erróneamente.
Usted no puede utilizar su depósito de seguridad
para pagar la renta. Si Ud. lo hace, el arrendador
puede quedarse con todo el depósito de seguridad total y
recuperar la renta como si el depósito no hubiera sido pagado.
Privacidad
El derecho a la privacidad con respecto a su arrendador
no es absoluta. Después de haberle avisado con anticipación
y en horas razonables, su arrendador puede entrar a su apartamento
para inspeccionarlo, hacer reparaciones o mejoras, o mostrárselo
a personas que quisieran comprarlo o rentarlo. En
caso de un peligro extremo, por ejemplo que alguien pudiese
perder la vida, o que la propiedad pudiera ser dañada severamente,
el arrendador puede entrar sin su consentimiento.
El arrendador no puede abusar éste derecho para acozarle.
Usted puede demandar al arrendador para prevenir tal conducta
o terminar el contrato de arrendamiento, en cualquier caso,
Ud. también puede recuperar sus daños.
Sus responsabilidades
La ley requiere que Ud. mantenga el apartamento tan limpio
y seguro como sea posible. Que se deshaga apropiadamente
de la basura, mantenga la plomería en buenas condiciones,
utilize el aire acondicionado y la calefacción de una manera
razonable. Que se haga responsable por daños al apartamento
hechos por usted o por cualquier persona que esté en su
casa con su consentimiento y se abstenga de molestar a los
demás.
Por ejemplo, Ud. es responsable por cualquier
daño causado por sus invitados, y Ud. es responsable por
el comportamiento de cualquier persona a la cual Ud. le
presta sus llaves.
Cada vez que Ud. hace un arreglo permanente
en el lugar dónde usted está rentando, ese arreglo se vuelve
propiedad del arrendador. Así que Ud. debe obtener
permiso del arrendador para removerlo y restaurar la propiedad
a su condición original.
Si Ud. viola cualquiera de los términos
del contrato de arrendamiento o no cumple con las condiciones
antes especificadas, el arrendador puede terminar su contrato
dentro de un período no menor de 30 (treinta) días despues
de haberle mandado una nota por escrito explicándole los
motivos de su decision. Si Ud. comienza a corregir
los problemas en buena fé dentro de los siguientes 14 (catorce)
días, el contrato de arrendamiento no se romperá.
Sin embargo, si usted vuelve a romper el acuerdo o no cumple
con sus responsabilidades bajo la ley en una forma similar,
el arrendador puede terminar el contrato con una notificación
de 30 (treinta) días, aún si usted corrige el problema.
Renta
El arrendador puede terminar el acuerdo de arrendamiento
si Ud. no ha pagado a tiempo y solamente si Ud. primero
ha recibido una notificación por escrito diciendo que la
renta está atrasada y que el contrato de arrendamiento será
finalizado a menos que usted pague la renta en 3 (tres)
días. Sin embargo, su arrendador pudo haber perdido
el derecho a romper el contrato si le ha aceptado otros
pagos que no han sido hechos a tiempo y su arrendador no
se ha reservado el derecho de terminar el contrato si otros
pagos no han sido hechos a tiempo.
Represalias
Un arrendador no puede incrementar la renta o disminuir
los servicios sólo porque Ud. se ha quejado con una agencia
gubernamental sobre alguna violación de algún código que
pueda afectar la seguridad de la vivienda, o si Ud. se ha
quejado con el arrendador si no cumple con las leyes estatales,
o si usted es parte de una cooperativa de arrendatarios
o algún otro grupo similar. Usted puede usar éstas
razones como defensa si acaso su arrendador le demanda recuperar
el apartamento, o Ud. puede recuperar un mes y medio de
renta o daños actuales, cual sea la cantidad más alta.
Inventario
Dentro de los cinco días de haberse mudado al apartamento,
Ud. y su arrendador (o representante) deben revisar y hacer
un reporte que describa las condiciones en que se encuentra
el lugar. Usted tiene el derecho a recibir una copia
del reporte.
Contrato de arrendamiento
Bajo la ley, el arrendador no puede forzale a firmar estipulaciones
en el contrato de arrendamiento si:
- Le hacen perder sus derechos bajo el
Acta Residencial de Arrendadores y
- Arrendatarios de Kansas;
- Le permiten que el arrendador obtenga
un fallo judicial en contra de Ud;
- Acuerdan hacerle responsable por pagos
del abogado del arrendador; y
- Acuerdan limitar la responsabilidad del
arrendador.
Si el arrendador utiliza deliberadamente
un contrato de arrendamiento que contenga alguna de las
estipulaciones arriba mencionadas, Ud. puede demandar al
arrendador por cualquier daño monetario que Ud. haya sufrido
a causa de tales estipulaciones.
Antes de rentar
Cuando usted firma un acuerdo de arrendamiento, Ud. está
haciendo un contrato legal con su arrendador. Ud.
debe leer cuidadosamente todo lo que está escrito en el
contrato de arrendamiento y debe hacer preguntas sobre cualquier
cosa que Ud. no entiende. Si Ud. se muda antes que
el contrato se termine, Ud. debe pagar a su arrendador la
renta hasta la fecha en que el contrato hubiera terminado.
Antes de firmar el contrato asegúrese que el lugar que ha
escogido es un apartamento o casa adecuado para vivir.
Poder de Compra
Nuestra sociedad se está convirtiendo en una sociedad "sin
dinero en efectivo" en dónde el crédito y la transferencia
automática de fondos se convirtirán en la norma. A
causa de éstos cambios hay varias cosas que Ud. debería
saber acerca del crédito, sus derechos de crédito y como
usar el crédito inteligentemente.
Sus derechos de crédito
Por favor note que las leyes abajo mencionadas aplican a
aquéllos negocios que extienden líneas de crédito "regularmente".
Es decir, que probablemente Ud. no tiene los mismos derechos
si usted recibe crédito de un negocio pequeño que no ofrece
crédito regularmente.
Derecho a la igualdad de crédito
Usted tiene el derecho a obtener crédito sin importar su
raza, sexo, religión, nacionalidad, si está o no casado(a),
edad (a menos que Ud. tenga menos de 18 años) o por que
Ud. está recibiendo alguna forma de asistencia pública.
Además, si usted está casado(a), la persona a la que Ud.
le pide el crédito, no tiene el derecho a preguntarle si
Ud. tiene planes de tener hijos, como parte de la aplicación
para crédito.
Derecho a saber cuánto le costará su crédito
Las leyes estatales y federales requieren que Ud. esté informado
acerca de cuánto le cuesta el crédito. Usted debe
estar informado del costo actual del crédito -- cargos de
financiamiento—y el costo del crédito se debe referir en
términos del porcentage anual de la taza de interés (APR
en sus siglas en Inglés). Esta taza normal le puede
ayudar a comparar los costos de intereses entre instituciones
de préstamo. Tenga cuidado con las instituciones de préstamo
que le ofrecen consolidar sus deudas en un préstamo.
Fíjese en el APR de los nuevos préstamos y asegúrese de
que no exceda lo que Ud. ya está pagando en sus deudas actuales.
A cambio de pagos mensuales a bajo costo, Ud. podría estar
pagando mucho más en intereses.
Derecho a saber porqué se le ha negado el
crédito
La ley requiere que los acreedores le notifiquen dentro
de 30 días si su aplicación para obtener credito fué aceptada
o rechazada. Si su aplicación fué rechazada, el acreedor
debe darle una razón por escrito, o decirle que usted puede
solicitar las razones específicas, por medio de ponerse
en contacto con ellos dentro de los siguientes 60 días.
El acreedor tiene 30 días para contestar.
Si se le niega el crédito, es bueno saber
la razón, ya que es posible que haya ocurrido un error.
Si no, la razón le ayudará a llenar una mejor aplicación
la si-guiente vez. Y si acaso el acreeedor quebrantó
la ley y su aplicación fué evaluada injustamente, Ud. tiene
el derecho de hacer que corrijan el error. Actúe inmediatamente
y corrija cualquier error reportándolo a su acreedor y a
la oficina de crédito.
Si usted se atrasa o no hace sus pagos
Si usted se atrasa o no hace uno de sus pagos a tiempo,
aun cuando tenga una razón legítima, usted puede encontrarse
en una situación difícil ya que usted ha roto su promesa
(el contrato) de pagar en ciertas fechas. Una vez
que Ud. ha roto ese contrato, el acreedor podría tomar ciertas
medidas para recolectar su deuda. Pero aún así Ud.
tiene derechos.
Ud. tiene el derecho a que le avisen que
su pago está atrasado. Esto se llama derecho de uso
para corregir su pago. Antes de que un acreedor pueda
"acelerar" los pagos que aún le quedan por hacer
(por ejemplo que le digan que tiene que hacer todos los
pagos inmediatamente), le deben dar 20 días desde la fecha
en que el acreedor le envia un aviso por escrito diciendo
que Ud. debe ponerse al corriente con sus pagos. Este
es un requerimiento que tienen todos los acreedores, aun
fuera del estado. Si Ud. paga en los siguientes 20
días, Ud. puede continuar el contrato como si Ud. no hubiera
pagado tarde. Si no lo hace, el acreedor puede tomar
acciones legales en contra de usted.
La ley en Kansas requiere que el acreedor
sólo le envie un derecho de aviso para hacer sus pagos.
Si Ud. se atrasa otra vez en la misma deuda, Ud. no tendrá
una segunda oportunidad para arreglar su crédito frente
a ese acreedor y éste podría proceder en su contra o por
las cosas que Usted compró.
Si el acreedor toma reposesión
El acreedor podría tomar reposesión del objeto que Ud. compró
(carro, estéreo, o cualquier otro objeto que Ud. haya comprado
con el dinero que se le prestó o con el crédito que Ud.
obtuvo) si Ud. no paga. Pero, un acreedor no tiene
permitido usar la fuerza o "romper la paz" cuando
intenta tomar reposesión de los bienes. Un acreedor
no puede entrar a su casa sin su consentimiento, sin primero
obtener una órden de la corte.
Su carro puede ser reposeído dónde quiera
que esté estacionado, con la condición de que no interrumpan
la paz o que forzen la entrada. Si su carro está estacionado
en un estacionamiento cerrado, ellos deberán obtener una
órden de la corte antes de llevárselo.
Todas las otras cosas que estén en el carro
al momento de la reposesión siempre le pertenecen y usted
tiene el derecho a que se las regresen sin daño alguno.
El acreedor generalmente vende los bienes
reposeídos en una venta pública y usa el dinero para pagar
su deuda. Si la cantidad de la venta no cubre el balance
que Ud. debe, Ud. tendrá que pagar la diferencia.
Pero si los bienes resultan en más dinero del que Ud. debe,
el acreedor debe regresarle el dinero de más, después de
deducir los costos razonables de reposesión.
Si Ud. simplemente no puede pagar su deuda,
y está pensando dejar que el acreedor tome reposesión de
los bienes para olvidarse del problema de una vez
por todas ¡Piense de nuevo! Considere primero vender los
bienes y pagar su deuda. De esa manera su reporte
de crédito no mostrará una reposesión.
Tarjetas de Crédito
Las tarjetas de crédito o "dinero plástico" se
están haciendo más y más comúnes. Si Ud. no tiene
ahora una tarjeta de crédito, probablemente tendrá una en
un tiempo, así que hay algunas cosas que Ud. debe saber
acerca de su uso.
La ley en Kansas prohibe que se le dé una
tarjeta de crédito a menos de que Ud. la pida o aplique
para obtenerla, a menos de que la tarjeta sea una reposición
o substitución de una que Ud. ya había aceptado.
Tarjetas de crédito que usted no ha solicitado
Si usted recibe una tarjeta de crédito sin haberla solicitado
y la usa de cualquier forma, usted ha entrado automáticamente
en un contrato con la compañía que la extendió-- el contrato
bajo sus términos quiere decir, pagos mínimos mensuales,
pagos anuales y cargos de interés. Si usted recibe
una tarjeta de crédito que usted no pidió y ud. no la usa
ni la firma, no se le puede hacer responsaible, si en caso
otra persona la usó o la mal usó y si acaso se pierde o
se la roban. Sin embargo, para evitar problemas, Ud.
debería, simplemente, destruir esa tarjeta.
Si usted pierde su tarjeta de crédito
Si Ud. pierde su tarjeta de crédito, la ley limita a $50.00
(cincuenta dólares) la cantidad máxima que Ud. tendría que
pagar por uso de su tarjeta sin autorización. Es decir,
si alguien encuentra su tarjeta y carga $300 (trescientos
dólares), la cantidad máxima que Ud. pagaría es $50.00 (cincuenta
dólares), y Ud. no será responsable por ninguna cantidad
que Ud. no cargó a la tarjeta. Si Ud. notifica inmediatamente
al banco o a la compañía de crédito que perdió su tarjeta,
Ud. no será responsable por ningún cargo que se haga después
de ese momento. Es por eso que es una buena idea mantener
a mano los números de sus tarjetas y los números de teléfono
de los acreedores, para que Ud. les avise inmediatamente
si Ud. pierde sus tarjetas o si acaso se las roban.
Si Ud. mantiene una lista de sus tarjetas y las direcciones
de las oficinas acreedoras, Ud. no tendrá que comprar un
"seguro de tarjeta de crédito", puesto que Ud. mismo puede
reportarlas perdidas.
Errores en las cuentas de sus tarjetas de
crédito
Usted tiene el derecho a que le corrijan errores en su cuenta
o a que le den una explicación de los errores en su cuenta.
La ley se aplica a las cuentas de crédito en las cuales
Ud. tiene una línea de credito, es decir una cantidad de
dinero que Ud. tiene acceso, por ejemplo tarjetas de crédito
de una tienda, o líneas de crédito en un banco. La
ley no se aplica a préstamos o créditos en los cuales Ud.
tiene un pago fijo (como en un préstamo para comprar un
carro). Para usar sus derechos bajo ésta ley Ud. debe
notificar a su acreedor sobre el error por medio de una
carta, aunque Ud. puede resolver fácilmente el problema
si llama directamente al banco o a la compañía de crédito.
Su carta debe llegarle al acreedor dentro de los 60 días
siguientes a los que Ud. recibió el cobro equivocado.
La carta debe incluír su nombre, dirección, número de cuenta
y la razón por la cual Ud. piensa que existe un error.
El acreedor debe acusar recibo de su carta dentro de los
30 días en que la recibió a menos de que el problema se
aclare antes de esa fecha. El acreedor tiene dos ciclos
de pagos, pero no más de 90 días para corregir el problema
o para darle una razón por la cual ellos piensan que el
cobro está correcto. Usted puede negarse a pagar la
cantidad en disputa, incluyendo cualquier cargo de financiamiento,
hasta que se resuelva el problema. El acreedor no
tiene derecho a amenazarlo con dañar su crédito, restringir
su cuenta de crédito o cambiar los intereses en la cantidad
en disputa. Si su cobro es incorrecto, el acreedor
debe darle una explicación por escrito diciéndole cómo van
a corregir el problema. Ellos deben remover todos
los cargos atrasados y los cargos de financiamiento que
tienen relación con dicho error.
Si su acreedor todaviá piensa que ellos
están en lo correcto, deben notificarle inmediatamente por
escrito. A este momento Usted es responsable por el
pago y por los cargos de financiamiento que se le hayan
acumulado. Si Ud. todaviá piensa que el acreedor ha
hecho un error, la disputa podría ser resuelta en la corte.
En ése momento, el acreedor tiene la libertad de comenzar
los procedimientos para recolectar su dinero, pero ellos
deben de reportar a cualquier oficina de crédito que les
pregunte sobre su crédito, que usted aún tiene una disputa
en ese cobro.
Grados y reportes de crédito
Los reportes de crédito deben ser correctos
Los reportes de crédito --los informes que dicen si usted
ha o no ha pagado sus cuentas a tiempo-- son desarrollados
por compañías privadas llamadas oficinas de crédito o agencias
de reporte de crédito. Estos reportes de crédito están
disponibles para la mayoría de las compañías en las cuáles
usted solicita crédito. Estos reportes les dejan saber
si su crédito es un riezgo que ellos deben tomar o no.
Aunque los informes muchas veces incluyen información personal
y confidencial, por ley ellos no deben incluír información
sobre su estado civil, raza, religión, color de piel, origen
étnico, preferencia sexual o afiliación política, excepto
los que requieren tal información para registros del gobierno.
Ya que su reporte de crédito es muy importante,
la ley permite que usted revise la información personal
y financiera existente en su informe en la oficina de crédito.
Si usted disputa cualquier parte de ésta información, la
oficina de crédito debe investigar y corregir el error si
es que encuentra dicho error, pero si aún así Ud. disputa
la información, Ud. puede escribir una breve carta diciendo
su "lado de la historia" y la oficina de crédito debe poner
tal información en su archivo. Usted también tiene
el derecho a obtener los nombres de las personas y las compañías
quiénes recibieron recientemente los reportes de su crédito.
Tenga cuidado con las "clínicas de reparación
del crédito" que le ofrecen resolver sus problemas de crédito.
La única forma de borrar un mal reporte de crédito es pagando
sus cuentas a tiempo.
La ley en Kansas regula éstas organizaciones
y la forma en que operan. Entre otras cosas, la ley
le da el derecho a cancelar un contrato que Ud. haya hecho
con respecto a obtener ayuda con su crédito dentro de los
tres primeros días después de haber firmado el acuerdo.
Contacte al Comisionado de Crédito al Consumidor de Kansas
para saber si existen demandas o quejas en contra de tal
organización.
Reportes de crédito en su nombre
Si Ud. está casado, Ud. puede decidir si desea mantener
una cuenta de crédito junto con su esposa(o) o por sí mismo(a).
Aún si Ud. desea hacer una cuenta conjunta, el crédito se
reportará en su nombre y en el de su esposa(o). Si
Ud. se llegara a divorciar, o si acaso Ud. desea aplicar
para recibir crédito en su nombre y el grado de su crédito
conjunto no es muy bueno, la ley federal requiere que los
acreedores consideren cualquier información que muestre
que la información no favorable en sus cuentas conjuntas
no refleja exactamente su habilidad para pagar. Aún
si Ud. no está aplicando para recibir crédito en este momento,
Ud. puede mandar una carta a las oficinas de crédito que
tienen reportes de crédito en su nombre, explicando que
su habilidad de pagar no se refleja adecuadamente en las
cuentas conjuntas y pídales que archiven la carta en su
reporte de crédito.
Cuando va de Compras
Si Ud. está buscando algún producto o servicio, por ejemplo
ropa, estéreos, o cursos educacionales, existen varias reglas
que Ud. debe mantener en mente. Si usted sigue éstas
reglas, sus dólares le van a durar más y Ud. estará satisfecho
con los resultados.
Busque y compare
Compare los productos basándose en sus características,
protección y garantía, y por supuesto, el precio.
La mejor compra no es siempre la más barata. Revise
la sección amarilla y las revistas tales cómo "El Reporte
del Consumidor" para darse una idea.
No se deje llevar por anuncios engañosos
Los anuncios pueden dar información útil, pero muchas veces,
los anuncios apelan más a sus emociones que a su inteligencia.
Aunque existen leyes en contra los anuncios engañosos, es
mejor poner atención a los anuncios en vez de dejarse engañar
y luego buscar ayuda legal para salir del problema.
Obtenga promesas por escrito
Si un vendedor le dá información importante sobre un producto
y ésta información no está por escrito en un contrato o
garantía, trate que ese vendedor ponga por escrito dicha
información. Los contratos no deben ser escritos para ser
legales (pero es más fácil hacerlos válidos si están escritos
que si sólo son hablados)
Lea el contrato o garantía cuidadosamente
Sepa lo que usted debe esperar o lo que se espera de usted.
Si usted no entiende algo, haga preguntas o busque ayuda
de un amigo, padre, maestro o abogado.
Nunca firme un contrato con espacios en
blanco
Llene cualquer espacio en blanco que encuentre en su contrato
o en su garantía. O al menos dibuje líneas que impidan
que alguien escriba en dichos espacios. El peligro
es que alguien puede poner información errónea si deja líneas
en blanco.
Mantenga su información archivada
Mantenga copias de todos los contratos, recibos, garantías,
notas y cartas que Ud. ha escrito hacerca los productos
o servicios que Ud. tiene, además de pagos, mantenimiento,
reparaciones y otros servicios.
Robo en tiendas
Aquí el consejo es: NI LO PIENSE. Los vendedores en
el estado de Kansas lo pueden demandar por hasta dos veces
el valor de lo que Ud. se robó, además una multa de hasta
$350 (trescientos cincuenta dólares), más pagos al abogado.
Regreso de mercancía
Muchos de nosotros compramos localmente. Recuerde
que un vendedor tiene la libertad de establecer sus políticas
sobre el regreso de mercancía, créditos, cambios y mercancía
que se pagan a plazos. El vendedor no tiene la obligación
de regresarle su dinero si usted regresa la mercancía, solamente
cuando la mercancía está defectuosa. Pero aun así,
el vendedor puede decidir en corregir el problema por medio
de reemplazar el producto defectuoso en vez de regresarle
su dinero.
GARANTIAS: HABLADAS… ESCRITAS… E IMPLICITAS
La garantía es la parte del contrato que especifica la calidad
y seguridad del funcionamiento de un producto o servicio.
Es el lugar dónde el vendedor le dice qué puede Ud. esperar
del producto, qué debe hacer Ud. si tiene algún problema
con el producto y qué harán ellos para arreglar dicho problema.
Existen tres tipos de garantías: oral, escrita
e implícitas. Una garantía oral es simplemente una
promesa hablada que el vendedor le hace sobre el producto
y usted tiene que decidir si creerle o no antes de comprar
el producto o servicio. Aunque las garantías orales
son legales, es muy difícil comprobarlas y es mejor tener
ésas promesas por escrito.
Una garantía por escrito es simplemente
una promesa escrita sobre un producto. No se requiere
que el vendedor le dé una garantía escrita pero la mayoría
lo hacen. Si lo hacen en un producto que cuesta más
de $10 (diez dólares) el vendedor debe declarar si la garantía
es completa o limitada. Esta distinción es importante.
Una garantía completa le dá la mejor protección.
Por ejemplo, si un producto se rompe, el vendedor debe arreglarlo
dentro de un tiempo razonable. Usted no paga por el
trabajo o por las partes, y si el vendedor no puede arreglar
el producto dentro de un tiempo razonable, ellos le deben
regresar su dinero o un producto nuevo. Bajo una garantía
limitada el vendedor podría pagar por partes de reemplazo
pero Ud. podría pagar por el trabajo. Si el vendedor
no arregla el producto dentro de un tiempo razonable, Ud.
podría recibir un reembolzo, pero es posible que los pasos
que Ud. debe dar legalmente sean un poco más complicados.
La ley federal también requiere que todos
los productos que cuestan más de $10 (diez dólares)
tengan la garantía disponible para que Ud. la vea antes
de comprar el producto y para que asi Ud. pueda hacer comparaciones.
¡Hágalo!
El tercer tipo de garantía es una que no
es escrita o hablada --es por eso que se llama garantía
implícita. La ley en Kansas declara que esos tipos
de garantía son dados automáticamente por el vendedor aunque
formalmente no se expresados. Estas garantías vienen
en todos los productos, y excepto por carros usados, no
se los pueden quitar a Usted. La garantía implícitas
más importante es la garantía mercantil, es decir, la que
le asegura que el producto hará lo que supuestamente debe
de hacer. Por ejemplo, que una tostadora, tueste;
una silla reclinatoria, se recline. Este tipo de garantía
cubre productos nuevos y usados y es posible que las reparaciones
no le cuesten a Usted. Por ejemplo, si Ud. compra
un producto que tiene serias deficiencias, no está muy viejo
y usted no lo ha abusado, entonces Ud. podría tener un reclamo
de garantía implícita en contra el vendedor o la fábrica.
Ordenes por Correo
Es muy conveniente comprar cosas por correo, pero usted
puede tener problemas si no presta atención.
"Pero si yo no ordené ésto…"
Si usted recibe productos que Ud. no ordenó en el correo,
las leyes federales y las estatales le permiten que
se quede con el producto como un regalo. Usted no
los tiene que pagar. Claro que, si usted recibe algo
por error en el correo (por ejemplo que tenga el nombre
de otra persona) usted no se puede quedar con eso y debe
regresarlo.
Si cualquier compañía le manda mercancía
que usted no solicitó y luego intenta hacerle pagar por
ello, están violando la ley. Si esto le ha sucedido
a Ud. llame a la oficina postal de su localidad o a la División
de Protección al Consumidor de la Oficina del Abogado General
en el Centro Judicial de Topeka al (785) 296-2215.
Quién es esa persona que está tocando a
mi puerta?
Si un vendedor toca su puerta o en cualquier otro lugar
que no sea en el establecimiento, y trata de convencerle
de comprar algún producto o firmar un contrato de venta
de más de $25 (veinticinco dólares) o más, Ud. tiene el
derecho de cancelar dicho contrato si usted cambia de opinión
en los siguientes tres días. El vendedor debe darle
un recibo o una copia del contrato mostrando la fecha, el
nombre del vendedor y su dirección en el momento que se
haga la venta, además de una carta explicándole su derecho
a cancelar. Usted puede cancelar el contrato mandándole
una carta al vendedor diciendo que Ud. ha cambiado de opinión.
Esta carta debe llegarle al vendedor antes de la medianoche
del tercer día después de que se firmó el contrato.
Si Ud. cancela dentro de los 10 días siguientes después
de mandar la carta, el vendedor debe reembolsarle su dinero
y notificarle que cualquier propiedad que se haya mandado
será reposeída o abandonada.
Ventas por teléfono
Cuando usted obtenga su apartamento y su teléfono propio,
es posible que Ud. reciba llamadas de alguien tratando de
venderle algo. Tenga cuidado en aceptar comprar algo
por teléfono de alguien que Ud. no conoce.
La ley en Kansas requiere que los vendedores
telefónicos quienes llaman a su casa se identifiquen inmediatamente
y que identifiquen el nombre del negocio para el que trabajan,
después de 30 segundos deben preguntarle si Ud. está interesado
en escuchar su venta. Si Ud. dice que no, ellos deben
parar inmediatamente sus intentos de venderle algo.
Kansas emitió una ley en 1991 que requiere que Ud. firme
un contrato por escrito y lo regrese al vendedor antes que
una venta por teléfono sea obligatoria. El contrato
debe decir los términos del acuerdo, incluyendo la cantidad
de dinero que Ud. debe pagar por los bienes o servicios,
los costos de manejo, envio, entrega y cualquier otro cargo.
Si Ud. recibe mercancía u obtiene un servicio antes de mandar
el contrato firmado, Ud. puede tratarlo como un regalo,
y Ud. no tiene que pagarlo. Si Ud. envía dinero sin
incluir el contrato firmado, Ud. tiene el derecho a cancelar
la venta en cualquier momento notificando al vendedor por
escrito, si Ud. regresa los productos. Si Ud. hace
ésto, el vendedor debe devolverle su dinero en los 10 siguientes
días.
Estos requerimientos no aplican si el vendedor
le dá el derecho a regresar los bienes (sin daño y sin haberlos
usado) o a cancelar los servicios por un reembolso total
dentro de los siete días después de que Ud. los haya recibido.
Clubs de libros y música
Es bueno entender las obligaciones a las que uno se sujeta
cuando se une a un club de música o libros. Aunque
el anuncio diga que Ud. pagará 0.99 (noventa y nueve) centavos
por 12 (doce) discos si usted paga 0.1 (un) centavo por
inscribirse a dicho club. Antes de unirse a estos
tipo de clubs, primero entienda sus obligaciones.
Generalmente estos clubs
le piden que compre un cierto número de libros o discos
dentro de un período de tiempo especificado. Usualmente,
Ud. recibirá cada semana un catálogo de libros o discos
del cual Ud. puede escoger. El club generalmente seleccionará
un libro o un disco como la "selección del mes" y a menos
que Ud. notifique a la
compañía diciendo que Ud. no
lo quiere, ésta se lo mandará automáticamente y Ud. tendrá
que pagarlo. Bajo ésta clase de planes, su silencio
significa que Ud. quiere la selección. Ya que su membresía
en dicho club es un contrato, Ud. podría ser demandado si
rompe alguno de los términos del acuerdo.
Si a Ud. se le olvidan las cosas, sería
mejor que dijera "no" a la opción de pertenecer
a esta clase de clubs.
Tiempo de entrega
Si Usted ordena mercadería por correo, la ley requiere que
la compañía le mande los bienes en el tiempo que fué prometido.
La Comisión Nacional de Comercio tiene un Reglamento para
Mercadería Por Correo que establece que si la compañía no
dice cuándo van a mandar el producto, se lo debe de enviar
dentro de 30 días despues que recibieron la órden.
Esta regla aplica cuándo Ud. ordena por correo, sin importar
si su producto le llega por correo o por algún otra compañía
privada como UPS. La regla no se aplica a subscripciones
de revistas, (excepto por la primera órden), semillas y
productos agrícolas, clubs de libros y discos y cualquier
órden que se envía "Cobre Cuando Entregue" (C.O.D. en sus
siglas en Inglés.)
Si la compañía no le manda sus bienes en
el tiempo requerido, le debe notificar la razón de la tardanza
y recordarle que Ud. tiene el derecho a cancelar su órden
y recibir un reembolso o esperar hasta una nueva fecha de
envío. La compañía debe darle una forma gratis para
notificarles de su decisión. Esto puede ser por medio
de incluir un sobre sellado con su dirección o un número
al que Ud. pueda llamar gratis. Si Ud. decide que
quiere cancelar, Ud. debe darle aviso a la compañía.
Si Ud. no lo hace, ésto significará que Ud. está dispuesto
a esperar hasta la nueva fecha de entrega.
Si usted decide cancelar, la compañía debe
regresarle su dinero dentro de los siguientes siete
días hábiles a la fecha de su cancelación. Si hizo
la compra con una tarjeta de crédito, la compañia debe acreditarle
a su cuenta en el siguiente período de cobro.
Si la compañía no cumple con la ley, Ud.
debe notificar a la Oficina del Secretario de la Comisión
Federal de Comercio en Washington, D.C. 20580, al teléfono
(202) 326-2222.
Clubs de ejercicio y salud
Que le parece la idea de unirse a un club de ejercicio y
salud? Ud. tiene tiempo libre, quisiera verse mejor…¿Por
que no? Si Ud. no puede resistirse, primero tiene
que "hacer su tarea." Llame a su Oficina
de Negocios Mejores (Better Business Bureau en Inglés) y
entérese de la reputación del club y su historia como negocio.
¡Lea el contrato! Asegúrese de que hay claúsulas de cancelación
si acaso usted se tiene que mudar por cuestiones de estudios
o trabajo. Algunas veces unirse a un club puede costarle
más de lo que Ud. puede pagar en efectivo. No se ponga de
acuerdo a pagos mensuales que usted no puede pagar.
Quejas del Consumidor
Quejarse no es divertido. Algunas veces funciona y
otras veces no, el cual requiere que se tomen medidas más
serias. Obviamente, lo mejor que Ud. puede hacer es
comprar cuidadosamente, evitar problemas y así evitarse
el problema de corregir errores. Pero, si Ud. termina
con un producto o servicio que no le satisface, Ud. tiene
la responsabilidad así como el derecho de quejarse.
Si usted no se queja, Ud. no le hace un bien a nadie, por
el contrario, le da más cabida a más productos de poca calidad
y malos servicios en el mercado.
Antes de quejarse, asegúrese de tener una
queja legítima y no un problema que usted se ha buscado.
Luego, decida que es lo que está mal y exactamente cómo
quiere que sea corregido: ¿Quisiera obtener un producto
nuevo? ¿Que le arreglen el producto sin costo? ¿Que le devuelvan
su dinero? (La garantía que la compañía le dió afectará
sus elecciones en éste sentido). Escoja una solución
que sea justa y razonable. Finalmente, decida la mejor
manera de comenzar el proceso de queja, es decir, en persona,
por teléfono o por correo.
Paso número uno
Para resolver cualquier queja:
Identifíquese y explique su problema claramente, concisamente
y cortésmente.
Tenga a mano sus recibos, garantías y otros documentos pertinentes.
Si Ud. utiliza una carta como manera de enviar su queja,
considere mandar
la por correo registrado o certificado para obtener pruebas
de que fué recibido, y en su carta dé a la compañía una
fecha en la cual le gustaría tener una respuesta, de ésta
manera usted sabrá si la compañía le está igno - rando.
Mantenga una lista de nombres y posiciones
de cada persona con la que Ud. habla
cuando usted se queja, ya sea en persona o por teléfono.
Cuando Ud. se queja con alguien, déle la
oportunidad de responder.
Sea firme, no acepte una solución que usted piensa es inadecuada.
Si Ud. no se siente satisfecho con las personas con las
cuáles usted ha hablado o escrito, considere hablar con
ejecutivos más altos en la compañía. Si es necesario, comuníquese
con el presidente de dicha compañía. (En la
biblioteca usted puede encontrar los nombres y direcciones
de los oficiales de varias compañías).
Si usted tiene que mandar más de una carta a una compañía
fuera de su estado, mándele una copia de su carta a la División
del Consumidor de la Oficina del Abogado General de ese
estado.
Confirme cualquier acuerdo por escrito. Insista que
todas las promesas hechas a Ud.
sean por escrito.
Si sus esfuerzos no son exitosos, proceda
al paso número dos y comienze a subir la escalera de quejas.
Paso número dos
Mande copias de su carta de queja a organizaciones mercantiles
y profesionales a las que la compañía con la que Ud. tiene
problemas pudiera pertenecer. Es posible que estos
grupos pudieran persuadir a la compañía a resolver su problema.
Paso número tres
Quéjese con grupos de consumidores, cámaras de comercio
y oficinas para mejores negocios. Estos grupos pueden
ser de gran ayuda con problemas locales.
Paso número cuatro
Quéjese con agencias gubernamentales. A nivel estatal
la agencia que trabaja principalmente con quejas del consumidor
y enforza las leyes es la División de Protección al Consumidor
de la Oficina del Abogado General. Si nadie ahí le
puede ayudar, ellos sabrán quién lo puede hacer. Es
bueno también notificarles de su problema por que así ellos
pueden mantener un archivo de problemas que los consumidores
tienen en Kansas. Además la oficina local de su condado
o distrito podrían ayudarle con quejas en contra de negocios
en su localidad.
A nivel federal, las agencias gubernamentales
responsables en proteger al consu-midor son la Comisión
Federal de Comercio, Washington, D.C. 20580, (202) 523-3600,
y la Comisión de Seguridad para Productos al Consumidor,
Washington, D.C., 20207, 1-800-638-8326. Esta oficina
es responsable de proteger a los consumidores en contra
de productos peligrosos, mientras que la Comisión Federal
de Comercio es respon-sable por la regulación de negocios.
Paso número cinco
Si sus esfuerzos fallan en los niveles antes mencionados,
piense en presentar su problema a la corte. Si su
reclamo es de $1,000 (mil dólares) o menos, Ud. puede tener
un caso en la corte de reclamos pequeños. Usted no
necesitará un abogado. Las formas que usted tendrá
que llenar son simples y los costos de archivo son mínimos.
El juez hasta le puede decir que no tiene que pagar los
costos si usted muestra una buena causa.
La corte de reclamos pequeños le puede dar
una audiencia informal o sin mucho costo para resolver
disputas. Aqui usted puede presentar su caso en un
lenguaje simple. Las reglas de la corte son sencillas
y el proceso generalmente es ligero.
Usted puede ir a la corte de reclamos pequeños
para que le devuelvan su depósito de seguridad que su arrendador
lo debe o conseguir que su mecánico le haga nuevamente el
trabajo porque no se lo hizo bien la primera vez.
Si usted gana, el juez le puede ordenar al defensor que
pague parte o todo el reclamo hasta $1,000 (mil dólares)
o el juez puede ordenar un "alivio equitativo" tales como
reparación, regreso y reemplazo de los productos en cuestión.
Además, si usted prevalece, el defensor tendrá que pagar
los derechos que le cobraron a usted para presentar el caso,
y los costos adicionales que usted tuvo que pagar para citar
al defensor a la corte.
Paso número seis
Contrate a un abogado. Si su reclamo no involucra
mucho dinero, usted puede presentar bajo el procedimiento
de pequeños reclamos, el cual es más simple que las reglas
generales. Si su reclamo es más de $1,000 (mil dólares),
el cual es el límite de la corte de pequeños reclamos, es
probable que Ud. necesite a un abogado para que le
represente en la corte del distrito
de su condado. Bajo el Acta de Protección al Consumidor
de Kansas y las leyes federales, el negocio que Ud. está
demandando podría ser ordenado a pagarle los costos de abogado
y de la corte, si Ud. prueba que la compañía quebrantó esa
ley en el trato con usted.
El Acta de Protección al Consumidor de
Kansas dá a los consumidores de Kansas acceso al sistema
de la corte cuando ellos son las víctimas de actos engañosos
o deshonrables por un suministrador de bienes o servicios.
Para encontrar a un abogado, pregúntele
a un amigo o familiar que ha tenido un problema legal similar
que le dé alguna recomendación. Tambien, revise su
periódico local o las páginas amarillas en el directorio
telefónico bajo "abogados." Muchos abogados
tienen anuncios y usted puede aprender algo de esos anuncios.
Por ejemplo, algunos anuncios pueden informarle que el abogado
no cobra por la primera consulta.
El Servicio de Referencia de la Asociación
de Abogados le podría referir a un abogado en su área.
Lláme al (800) 928-3111. Los abogados que participan
en el programa de referencias cobran $15 (quince dólares)
por la primera media hora de consulta.
Algunas organizaciones ofrecen servicios
legales gratuitos a mínimos costos para personas de bajos
ingresos. Los Servicios Legales de Kansas, (785) 233-2068,
le pueden informar donde está la oficina más cercana de
la Sociedad de Ayuda Legal. También hay disponibilidad
de asistencia legal por medio de programas clínicos de la
Escuela de Leyes de Kansas en Lawrence y la Escuela de Leyes
de la Universidad de Washburn en Topeka.
Cuándo Buscar a un Abogado
El mejor tiempo para hablar con un abogado es antes de estar
en dificultades legales. Un abogado podría ahorrarle
tiempo y dinero si Ud. consulta con él o ella antes de firmar
papeles o tomar decisiones que pudieran alterar su situación
legal.
Usted debería consultar con un abogado cuando:
Usted va a entrar en un acuerdo verbal o escrito que pudiera
tener conse-cuencias financieras o involucra preguntas legales
no usuales;
Usted se ha visto envuelto en un accidente dónde hay gente
lastimada o propiedad dañada;
Usted quiere recuperar dinero que Ud. prestó, o alguien
quiere recuperar dinero que le prestó a Ud. y Ud. piensa
que no le debe el dinero;
Usted necesita una opinión con respecto a un título de propiedad
privada;
Usted quiere hacer un testamento o planear su herencia;
Usted está organizando o disolviendo un negocio;
Usted esta involucrado en una liquidación de bienes inmuebles;
Usted desea hacer o terminar una renta;
Usted está envuelto en una situación familiar, por ejemplo
una adopción o un divorcio, etc;
Usted ha sido arrestado o le han servido con papeles legales;
Usted no está seguro acerca de su posición legal en una
situación determinada.
Cómo es que los abogados cobran por sus
servicios?
El abogado generalmente hace un cobro mínimo por la primera
visita y hasta entonces le dá información sobre los costos
de sus futuros servicios. Solamente despues que pasa
algún tiempo trabajando en su caso o problema es que cobra
un honorario más alto. Cuando el caso envuelve un
reclamo de dinero, el abogado puede asumir parte de su riezgo
de recuperación y basar su cobro en el porcentaje de recuperación
(esto se llama arreglo de "cobro de contingente").
Usualmente el cobro se basa en el tiempo en que trabaja
en su problema, qué tan complejo es, y los resultados obtenidos.
Los servicios por los cuáles Ud. está pagando incluyen la
revisión de los hechos y documentos pertinentes, investigación
legal, (posiblemente horas o días) sobre las preguntas envueltas,
y el conocimiento de la ley de dicho abogado. En algunos
casos, tales como los casos de prueba, los honorarios del
abogado son fijados por la corte. Usted nunca debe
titubear en discutir los costos con su abogado a la hora
en que Ud. lo contrata y en tener un acuerdo por adelantado
con respecto a los cargos.
Es la relación entre cliente y abogado confidencial?
Sí. El abogado no debe divulgar ninguna información
que Ud. como cliente, le dió o le ha dado sin su consentimiento,
excepto cuando es requerido por la ley o por una órden de
la corte. Además, un abogado no puede representar
dos lados de una controversia, excepto con el conocimiento
y consentimiento de ambas partes.
Usted debe darle a su abogado todos los
hechos en su caso o problema, ya sean favorables y
no favorables. La aplicación de la ley varía con diferentes
hechos y circunstancias.
Calificar como Votante
El voto es uno de los derechos y responsabilidades más grandes
que tenemos como adultos y usted debería usarlo y expresar
su opinión en las casillas de votar. Cuando Ud. cumple
18 años, usted tiene la edad suficiente para votar. Pero
solo el hecho de ser adulto no es suficiente para permitirle
votar. Existen otros pasos faciles que Ud. debe
tomar para convertirse en votante.
1. Residencia
Primero, usted debe haber establecido una residencia en
el área dónde Ud. desea votar. Su residencia es el
lugar donde usted escoge vivir y el cual usted intenta regresar
cuando está ausente. Si Ud. toma sus alimentos en
un lugar y duerme en otro, la ley considera el lugar dónde
usted duerme su residencia.
2. Registro
No importa en dónde vive, usted debe de "registrarse" para
votar. Registrarse es un proceso simple y no cuesta
nada. Ud. puede llamar al comisionado de elecciones
de su condado o a la oficina del secretario del condado
y preguntarles cómo y dónde puede registrarse. También
puede pedir información de cómo registrarse por correo.
Usted debe darles su nombre y dirección, y cualquier otra
información básica. Si usted tiene menos de 18 años
cuando se registra, usted debe darles una carta diciendo
que tendrá 18 años antes de la elección general estatal.
Cuando usted se registra, Ud. tendrá la oportunidad de declarar
el partido político. Usted no tiene que declarar la
afiliación del partido a menos que quiera votar en la elección
primaria de su partido político.
En una elección primaria, usted debe declarar
su elección del partido político. Con votar en las
elecciones primarias, usted ayudará a determinar al candidato
que representará a su partido político en las elecciones
generales.
Usted debe registrarse para votar por lo
menos dentro de los 14 días antes de la elección.
Si su nombre o dirección cambian, Ud. se debe de registrar
de nuevo.
Obteniendo un puesto público
Ahora que ya es un adulto, usted puede involucrarse activamente
con su go-bierno local por medio de poseer un puesto público
así también como votar. Para obtener una posición
en el gobierno local, los requisitos son los mismos como
el votar -- usted debe tener 18 años de edad o más, ser
un ciudadano de los Estados Unidos y ser residente del estado
de Kansas.
Si Usted Quebranta la Ley
Los oficiales de policía pueden hacer un arresto:
Con una petición de arresto (una órden específica emitida
por la corte);
Sin una petición de arresto, cuando el oficial le ve violando
la ley, o si existe una buena razón en creer que se ha cometido
un crímen y que usted lo cometió.
Mientras usted está bajo arresto, la policía
tiene el derecho a tomar su fotografía, sus huellas digitales
y de inspeccionarle. Ellos también pueden hacerle
preguntas, mientras no le hagan promesas o le amenazen con
usar la fuerza para obtener una respuesta.
Si le arrestan usted tiene los siguientes
derechos:
Usted tiene el derecho a que le digan sus derechos.
Si la policía desea hacerle preguntas, le deben informar
sobre su derecho a permanecer callado, ya que cualquier
cosa que diga podría ser usada en su contra.
También deben informarle que usted tiene
derecho a un abogado.
Usted tiene el derecho a permanecer callado. Esto
significa que usted puede permanecer totalmente en silencio
o responder a sólo algunas pre-guntas y no otras.
¡Es su decisión! En ningún momento pueden hacerlo
fir-mar una confesión o contestar preguntas. Usted
debe reportar a la corte, al abogado acusador, o a su abogado,
cualquier uso de fuerza o amenazas.
Usted tiene el derecho a llamar por teléfono a un abogado
o llamar a sus amigos o familiares para notificales de su
arresto. Si usted no puede pagar un abogado, usted
tiene el derecho a obtener un abogado que la corte eli-girá
para usted sin cargo alguno.
En la mayoría de los casos Usted tiene el derecho a salir
de la carcel con una fianza antes de su juicio. Su
salida de la cárcel podría ser condicional, por ejemplo,
si usted deposita dinero como seguridad, su firma y su dinero
de fianza o si usted cumple con ciertos requisitos tales
como no salir del estado y/o reportarse periódicamente con
un oficial de la policía.
Después de ser arrestado usted tiene el derecho a ser presentado
ante un oficial de la corte (ya sea un juez o un magistrado)
sin tardanzas innece-sarias para que se le informen de los
cargos contra usted, y sobre su dere-cho a obtener un abogado
gratis, si es que usted no puede pagar uno. Si usted
se declara culpable, el procurador puede intervenir en la
corte a su favor. Pero no se apoye a la promesa de
un oficial de policía si éste le dice que le ayudará a cambio
de su confesión. Pero usted sí puede confiar en la
promesa del abogado procurador de quitarle algunos cargos
o rebajar la sentencia si usted se declara culpable.
Esto se conoce como "convenio de confesión" y es legal en
Kansas excepto en casos de DUI (en sus siglas en Inglés).
Antes de que la corte le acepte su declaración
de culpa, usted debe ser informado sobre las consecuencias
de tal acción, y del hecho de que usted podría perder algunos
de sus derechos (como el derecho a un juicio por jurado)
si acaso el juez acepta su declaración de culpa.
Bebidas Alcohólicas 2
En el Camino 4
En el Trabajo 9
Relaciones Domésticas 10
Rentas y Arrendamientos 15
El crédito que se merece 19
Comprando Inteligentemente 24
Problemas del Consumidor 26
Subiendo la Escalera de Quejas 29
Buscando Representación Legal 32
El Voto y el Servicio Público 33
Si Acaso le Arrestan 34
Reconocimientos 36
Números Utiles 37
Lawyer Referral Service (800) 928-3111
(Para contratar a un abogado)
Kansas Legal Services (785) 233-2068
(Para obtener información legal)
Attorney General's Office (785) 296-2215
(Información legal para el consumidor)
Division of Motor Vehicles (785) 233-8200
(Para registrar su automóvil e información sobre licencias
de manejo)
Office of Vital Statistics (785) 296-1400
(Actas de nacimiento, defunción y divorcio)
Housing Credit Counseling Inc. (785) 234-0217
(Para obtener información sobre su crédito)
Recursos Humanos (785) 296-5000
(Información sobre empleos en el estado)
Better Business Bureau of Northeast Kansas
(785) 232-0454
(Información para el consumidor)
National Domestic Violence
Hotline (800)-333-7233
(Información sobre albergues en su localidad)
Kansas Child Abuse Hotline (800)-922-5330
(Para reportar abuso de los niños)
Federal Trade Commission (202) 326-2222
(Para quejas del consumidor)
Kansas Commission on Civil Rights
(Para reportar discriminación)
Topeka (785) 296-3206
Wichita (316) 681-2911
Vida Independiente
Este librito es una publicación de la Asociación de Abogados
de Kansas. La Fundación de Abogados de Kansas con
el financiamiento de la Cuenta de Bienes de Interés en Abogados,
suministró apoyo para ésta publicación.
Si usted tiene algunas preguntas adicionales
o comentarios, póngase en contacto con la Asociación en
el 1200 SW Harrison, P.O. Box 1037, Topeka, KS 66601-1037,
ó llame al (785) 234-5696.